1 – Elaborar un eje cronológico que represente todas las etapas de la Revolución Francesa y el Imperio napoleónico y los principales acontecimientos de esta época.
(No basta con copiar el del libro, las etapas tienen que estar bien delimitadas)
2 – Copiar el mapa del imperio europeo de Napoleón, distinguiendo los países satélites, aliados y enemigos y señalando quién gobernaba en cada uno.
3 – Comentar el siguiente texto con todas sus partes (introducción , análisis, comentario y conclusión).
Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son las principales causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre (…)
Artículo 1. Los hombres nacen permanecen libres e iguales en derechos (…)
Artículo 2 El objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Artículo 3. El principio de toda soberanía reside esencialmente en la nación. Ningún cuerpo ni individuo puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella.
Artículo 4. La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no dañe a otro; por tanto, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que aseguren a los demás miembros de la sociedad el disfrute de estos mismos derechos (…)
Artículo 6. La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir personalmente o por medio de sus representantes, a su formación. La ley debe ser idéntica para todos, tanto para proteger como para castigar (…)
Artículo 7. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni detenido más que en los casos determinados por la ley (…)
Artículo 10. Nadie debe ser molestado por sus opiniones, incluso religiosas, con tal de que su manifestación no altere el orden público establecido por la ley.
Artículo 16. Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene Constitución.
Artículo 17. Sien la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, si no es en los casos en que la necesidad pública (…) lo exija y bajo la condición de una indemnización justa y previa.
(Asamblea Nacional Francesa, agosto de 1789)
miércoles, 5 de diciembre de 2012
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